| Impuesto a las ganancias. Retenciones efectuadas entre los días 16 y el último día del mes enero, ambos días inclusive. Resolución General Nº 830. Escribanos de Registro y demás (R.G. 2139). Tarjetas de crédito y/o compra (R.G. 3311) con modificaciones efectuadas por la R.G. 4010 información e ingreso | 7, 8 ó 9 |
| Empleadores. Pago de las cuotas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. Empleadores. Enero 2012. | 8 ó 9 |
| Empleadores. Presentación y pago de aportes y contribuciones para Seguridad Social y Obras Sociales. S.I.J.P. Ley Nº 24.241. Empleadores. (R.G. 3834). Enero 2012. | 8 ó 9 |
| Impuesto al valor agregado. Retenciones practicadas entre el 16 y el último día del mes enero de 2012. Resolución General Nº 18. Tarjetas de crédito y/o compra (R.G. 140). Granos, cereales y oleaginosos (R.G. 129). Información e ingreso. | 7, 8 ó 9 |
| Impuesto al valor agregado. Percepciones a sujetos no categorizados. Resolución General Nº 2126. Información e ingreso. Enero de 2012. | 7, 8 ó 9 |
| Impuesto a la transferencia de inmuebles. Escribanos de Registro. Ingreso de las retenciones practicadas en el período comprendido entre el 16 y el último día del mes anterior. Información e ingreso. | 7, 8 ó 9 |
| Fondo para la educación y promoción cooperativa. 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11° anticipos según corresponda, ejercicio cerrado en Agosto 2012, Julio 2012, Junio 2012, Mayo 2012, Abril 2012, Marzo 2012, Febrero 2012, Enero 2012, Diciembre 2011, Noviembre 2011, Octubre 2011, respectivamente. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Fondo para la educación y promoción cooperativa. Declaración jurada y pago. Ejercicio cerrado en Septiembre 2011. | 0 ó 1 |
| Impuesto a la ganancia mínima presunta. 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11° anticipos según corresponda, ejercicio cerrado en Agosto 2012, Julio 2012, Junio 2012, Mayo 2012, Abril 2012, Marzo 2012, Febrero 2012, Enero 2012, Diciembre 2011, Noviembre 2011, Octubre 2011, respectivamente. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Impuesto a la ganancia mínima presunta. 5º Anticipo. Personas Físicas titulares de inmuebles ruralas o explotaciones unipersonales que cierren ejercicio el 31/12/2011. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Impuesto a la ganancia mínima presunta. Declaración jurada. Demás responsables (sociedades). Ejercicio cerrado en Septiembre 2011. | 0 ó 1 |
| Impuesto sobre los bienes personales. 5º Anticipo. Período fiscal 2011. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Impuesto a las ganancias. 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, anticipos según corresponda, ejercicio cerrado en Agosto 2012, Julio 2012, Junio 2012, Mayo 2012, Abril 2012, Marzo 2012, Febrero 2012, Enero 2012, Diciembre 2011, Noviembre 2011, respectivamente. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Impuesto a las ganancias. 5º Anticipo. Personas físicas y sucesiones indivisas. Período fiscal 2011. | 0, 1, 2 ó 3 |
| Impuesto a las ganancias. Declaración jurada. Sociedades, empresas o exportaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales. Ejercicio cerrado en Septiembre 2011. | 0 ó 1 |
| Impuesto a las ganancias. Operaciones internacionales. R.G. 1122 (F. 741). 2º Semestre. Ejercicio cerrado en Septiembre de 2011. | 0 ó 1 |
| Impuesto a las ganancias. Informe para fines fiscales. (F.760/c o F. 780). Ejercicio cerrado en Agosto de 2011. | 0 ó 1 |
| Impuesto sobre los ingresos brutos. 1º Anticipo. Contribuyentes locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Terminación Nro de Inscripción. | 0 ó 1 |
| Impuesto sobre los ingresos brutos. 1° Anticipo. Terminación Nro de Inscripción. | 0 ó 1 |
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